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jueves, 4 de mayo de 2017

EL ASPECTO TERRITORIAL DE LA POLÍTICA DE EMPLEO

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Comisión  Europea  (2010): Europa  2020.  Una  estrategia  para  un  crecimiento  inteligente, sostenible e integrador Bruselas: European Commision.
(2011): Políticade Cohesión 2014‐2020. Inversión en el crecimiento y el empleo. Dirección General de Política Territorial: Bruselas.  
Dirección General de Fondos Comunitarios (2012): “Presente y futuro de los fondos europeos”.  DGFC,  Ministerio  de  Hacienda  y  Administraciones  Públicas


3. El aspecto territorial de la política de empleo.
El contexto institucional de las políticas de empleo en España está determinado por la configuración del Estado Autonómico creado con la Constitución Española de 1978 (CE), y la distribución de competencias entre el Estado, las 17 Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales –52 provincias y 8.108 municipios– que diseña la misma. El desarrollo de este modelo en las últimas décadas, ha generado un alto nivel de descentralización territorial y administrativo en España.
Las políticas activas de empleo a las Comunidades Autónomas son un proceso culminado como resultado, las Administraciones regionales disponen de un amplio margen para la elaboración y ejecución de las políticas de empleo. Este margen de actuación está limitado por: el principio constitucional de “unidad del orden económico nacional”, la unidad de la legislación laboral en todo el territorio nacional y la unidad del sistema de seguridad social, y el mantenimiento de un régimen público único y unitario de protección para todos los ciudadanos.
El modelo autonómico posibilita una mayor proximidad en el diseño y ejecución de las medidas de fomento del empleo con los territorios donde estas son implementadas.
Las Corporaciones locales en España no disponen expresamente de competencias en materia de empleo, sin embargo pueden poner en marcha diferentes acciones de estímulo de desarrollo local, de fomento del empleo y de formación en sus respectivos territorios
La ejecución de las actuaciones a favor del empleo por parte de la Administración Local en España está condicionada por el marco jurídico constitucional, de tal forma que las políticas de empleo se desarrollan actualmente en un marco complejo de reparto de competencias, a veces concurrentes, entre las distintas administraciones, que operan ámbitos territoriales diferenciados (estatal, regional y local). Finalmente, es necesario considerar el proceso de coordinación de las políticas de empleo en el ámbito comunitario que comienza a perfilarse a partir de la Cumbre de Luxemburgo y del Tratado de Amsterdam (1997), y que se concreta en las orientaciones anuales desarrolladas en el marco de la Estrategia Europea de Empleo, de obligado cumplimiento para los Estados miembro a través de los Planes Nacionales de Empleo.
El Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales (MTAS) es el organismo responsable de coordinar el diseño estatal de las políticas de empleo, que se integran anualmente en el Plan Nacional de Acción por el Empleo (PNAE). El Instituto Nacional de Empleo (INEM), dependiente del MTAS, es el organismo responsable de coordinar los distintos programas de fomento de empleo, así como de su gestión y evaluación en el ámbito estatal.
Actualmente, los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos gestionan los programas estatales relacionados con las políticas activas de empleo (formación, orientación y colocación). También pueden gestionar otros programas diseñados en las propias CC.AA., así como evaluar la ejecución de las acciones. En los últimos años, se han desarrollado también en algunos municipios los Servicios Integrados de Empleo, que gestionan la ejecución y evaluación de acciones que, en su mayor parte, son diseñadas en niveles administrativos superiores (europeo, nacional o regional).
En cuanto al ámbito local, la ejecución de acciones a favor del empleo y el desarrollo económico por las Corporaciones Locales está muy condicionada por la financiación, que en un alto porcentaje procede de fuentes supramunicipales –fundamentalmente, de la Unión Europea– y que varía notablemente de un municipio a otro.
Una cuestión particularmente relevante es la relativa a la coordinación institucional entre los diferentes agentes en los distintos niveles territoriales (estatal, regional y local). Así, en el nivel estatal existen diferentes ámbitos institucionales de coordinación entre los distintos actores (públicos y privados):
(a) Conferencias sectoriales de Asuntos Laborales y Asuntos Sociales. Son dos órganos de encuentro y deliberación entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, cuyo objetivo es conseguir la máxima coherencia en la determinación y aplicación de las políticas públicas en materia laboral y de políticas sociales.
(b) Conferencia Sectorial de la Mujer. Orientada específicamente a las políticas de igualdad de oportunidades y las dirigidas a mujeres.
(c) Consejo General y Comisión ejecutiva del INEM. Son dos órganos integrados por la Administración, sindicatos y organizaciones empresariales, cuyo objeto es elaborar los criterios de actuación del Servicio Público de Empleo, así como supervisar y controlar su aplicación.
(d) Consejo Económico y Social. Es un órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral, integrado por la Administración, sindicatos y organizaciones empresariales más representativos. Sus funciones son: emitir dictamen con carácter preceptivo sobre proyectos de normas que regulen materias socioeconómicas y laborales y sobre los asuntos que el Gobierno someta a consulta, así como elaborar estudios o informes a iniciativa propia sobre materias de interés para los agentes sociales.
(e) Consejo General de Formación Profesional. Es un órgano consultivo integrado por la Administración del Estado, Comunidades Autónomas, sindicatos y organizaciones empresariales, cuyo objetivo es asesorar al Gobierno en materia de formación profesional. Además de estos ámbitos institucionales, existen cauces de coordinación entre la Administración del Estado y las Corporaciones Locales, representadas por la Federación Española de Municipios y Provincias. Los agentes sociales también coordinan sus acciones en el ámbito estatal, a través de Acuerdos Interprofesionales sobre diferentes materias (como la promoción de la estabilidad en el empleo, la igualdad de oportunidades entre géneros o la regulación de la negociación colectiva).
El nivel regional y local se desarrollan también diferentes mecanismos de coordinación:
(a) Pactos Regionales de Empleo. Constituyen el marco de concertación de las políticas de empleo entre el Gobierno regional, los sindicatos y las organizaciones empresariales. En estos Pactos se establecen los objetivos, las diferentes medidas, el presupuesto y el sistema de evaluación.
(b) Comisiones ejecutivas provinciales del INEM. Son los órganos periféricos del Servicio Público del Empleo en las provincias, integrados por la Administración Pública, sindicatos y organizaciones empresariales. Su función es supervisar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo General y la Comisión Ejecutiva del INEM, a nivel provincial.
(c) Consejos Económicos y Sociales. Estos órganos, que existen en cada región, tienen características y funciones similares al que existe a nivel estatal, aunque presentan una composición diversa.
(d) La Administración regional también se coordina, a través de los Servicios Autonómicos de Empleo, con las Corporaciones Locales de su territorio, para la distribución de los recursos financieros destinados a la ejecución de las medidas de fomento del empleo por los municipios.
(e) Pactos locales de Empleo. Constituyen el marco de concertación entre los municipios y los agentes sociales y su función es similar a la de los Pactos Regionales de Empleo. No obstante, el desarrollo de estos Pactos es escaso en el conjunto del Estado. También se han desarrollado acuerdos entre la Administración Pública con otros actores locales –por ejemplo, organizaciones del tercer sector– para la ejecución de distintas medidas, orientadas generalmente bien a la integración sociolaboral de colectivos desfavorecidos, bien a la promoción de nuevos proyectos empresariales. Sin embargo, el número de estos acuerdos es muy poco relevante.
Finalmente, merece destacar que la coordinación de las políticas regionales/locales de empleo con las otras políticas se establece en diferentes niveles. Así, en el ámbito estatal, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales coordina para la elaboración de los PNAE una Comisión en la que participan otros Ministerios (Economía, Hacienda, Educación, Cultura y Deporte, Ciencia y Tecnología, Administraciones Públicas y Medio Ambiente).

4. La Unión Europea y la política de emple
Para el período 2014‐2020, la Comisión Europea prevé una serie de acciones respecto a la política de cohesión económica, social y territorial con una financiación de 376.000 millones de euros. 
Dichas cifras se incluyen en el marco financiero plurianual de la UE que proporciona el  marco de 
inversión comunitario (de algo más de un billón de euros) para el período  2014‐2020  y  del 
cual  las  políticas  territoriales  alcanzan  un  37%. 

Las propuestas de la Comisión Europea respecto al destino de los recursos destinados  a políticas  territoriales se alinean de forma estrecha con las premisas marcadas por las  Estrategia Europea  2020, dicha Estrategia 2020 se basa  en 3 prioridades de las que se desprenden 5 objetivos: 

“Crecimiento inteligente”, con una economía basada en el conocimiento, en las 
TIC y en la innovación. De tal prioridad derivan los objetivos de: 
1) reducir la tasa  de  abandono  escolar  a  menos  del  10%  y  alcanzar  la  tasa   el  40%  de graduados universitarios entre los jóvenes
2) 3% de inversión en I+D. 
“Crecimiento sostenible”, basado en una economía competitiva y sostenible, “más verde” y con un uso más eficaz y limpio de los recursos energéticos; a partir de la cual se precisa el objetivo: 
3) que incluye: aumentar en un 20% la  eficiencia energética, alcanzar el 20% de energía  procedente de renovables y reducir un 20% la emisión de gases de efecto invernadero respecto a 1990. 
 “Crecimiento  integrador”,  con  altos  niveles  de  empleo  y  cohesión  social  y  territorial. De esta prioridad se desprenden los objetivos: 
4) alcanzar el 2020  una   tasa de empleo del 75% en las personas entre 20 y 64 años, 
5) reducir en 20  millones las personas situadas en el umbral de la pobreza en la UE.  

La Comisión presenta siete iniciativas emblemáticas que deben aplicarse a escala europea en los Estados miembros:
1. la iniciativa Unión por la innovación, que debe apoyar la producción de productos y servicios innovadores; en particular, los relativos al cambio climático, la eficiencia energética, la salud y el envejecimiento de la población;
2. la iniciativa Juventud en movimiento, que debe permitir en especial mejorar el rendimiento del sistema educativo, el aprendizaje no formal e informal, la movilidad de los estudiantes e investigadores, así como la entrada de jóvenes en el mercado de empleo;
3. la iniciativa Una agenda digital para Europa, que debe favorecer la creación de un mercado digital único, caracterizado por un alto nivel de seguridad y un marco jurídico claro. Además, toda la población debe poder acceder a Internet de banda ancha (después, de velocidades superiores);
4. la iniciativa Una Europa que utilice eficazmente los recursos, que debe apoyar la gestión sostenible de los recursos y la reducción de emisiones de carbono, manteniendo la competitividad de la economía europea y su seguridad energética;
5. la iniciativa Una política industrial para la era de la mundialización, que debe ayudar a las empresas del sector a superar la crisis económica, integrarse en el comercio mundial y adoptar modos de producción más respetuosos con el medio ambiente;
6. la iniciativa Una agenda para nuevas cualificaciones y empleos, que debe permitir mejorar el empleo y la viabilidad de los sistemas sociales. Trata, especialmente, de fomentar las estrategias de flexiguridad, la formación de trabajadores y estudiantes, así como la igualdad entre hombres y mujeres, y el empleo de personas mayores;
7. la iniciativa Plataforma europea contra la pobreza, que debe aumentar la cooperación entre los Estados miembros, y tener en cuenta el método abierto de coordinación en materia de exclusión y de protección social. El objetivo de la plataforma debe ser la cohesión económica, social y territorial de la UE, así como la inclusión social de las personas que se encuentran en una situación de pobreza.
Compromiso europeo en favor del empleo
Las acciones deben estar dirigidas a preservar los empleos existentes, adoptando si es necesario medidas temporales de reducción del tiempo de trabajo. En caso de que no puedan evitarse los despidos, se ofrecerán a los trabajadores servicios de recolocación, de formación y de búsqueda de empleo. El empleo debe impulsarse mediante la mejora del entorno empresarial y el fomento de la creación de empresas, sobre todo pequeñas y medianas empresas (pymes).
La movilidad de los trabajadores es esencial para el empleo. Exportación de prestaciones.
Los Estados miembros deberían adoptar medidas de activación, orientadas sobre todo a ayudar a los desempleados de larga duración, a los trabajadores de edad avanzada y a los trabajadores poco cualificados a volver al empleo. La Comisión recomienda ofrecer incentivos a la contratación y ayudas a la formación.


Compromiso europeo en favor del empleo: Desarrollar las competencias de los trabajadores
El acceso a la educación permanente debería ser suficientemente flexible para traducirse en resultados rápidos para la mayor cantidad posible de trabajadores.
Deben tomarse medidas específicas que favorezcan la empleabilidad de los jóvenes.

Estas medidas deben centrarse principalmente en la calidad de la enseñanza, la lucha contra el abandono escolar y el acceso a la formación de los jóvenes solicitantes de empleo.

1 comentario:

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