Hay diferencias tanto en el
aspecto funcional, en relación a las actividades económicas, como en su aspecto
estructural, en la forma en que se organiza.
1. SOCIEDAD
COLECTIVA
Es la
sociedad mercantil tradicional, se caracteriza por que los socios intervienen
directamente en la gestión y pueden responder de las deudas sociales.
2. SOCIEDAD
COMANDITARIA SIMPLE
Hay dos tipos de socios:
o
Socios colectivos = sociedad colectiva.
o
Socios comanditarios, no intervienen en la
gestión social y su responsabilidad esta limitada a la cantidad que aportaron a
la sociedad. Responden de forma limitada y no subsidiaria.
3. SOCIEDAD
ANÓNIMA (S.A.)
Tiene un
capital mínimo de 60.101€. Esta dividida en acciones que favorece la libre
entrada y salida de socios, los socios no responde de las deudas sociales, de
las deudas se encarga la sociedad (principio de sociedad).
4. SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.)
Tienen un
régimen mas dispositivo que las SA, mas flexible, los socios fundadores tienen
mas libertad a la hora de organizarse. Tienen un capital mínimo de 3.000€, el
capital se divide en participaciones (no en acciones). La transmisión de participaciones
esta limitada para dificultar el cambio de socios, estos no responden de la
deuda de la sociedad.
5. SOCIEDAD
COMANDITARIA POR ACCIONES
Es una
sociedad de capital, con un régimen similar al de la S.A. cuya particularidad
es que cuenta con 1 o + socios colectivos, que se encargan de la gestión y
pueden llegar a responder de las deudas sociales (sociedades laborales).
Regulación
de las sociedades
·
La sociedad colectiva: Código del
comercio.
·
La sociedad anónima: Ley de las
Sociedades de Capital.
·
La sociedad limitada: Ley de las
Sociedades de Capital.
·
La sociedad comanditaria simple: Código
del comercio.
·
Asociaciones: Ley de asociaciones.
DIFERENCIA ENTRE SOCIEDAD
ABIERTA Y SOCIEDAD CERRADA.
q
Sociedad cerrada: tiene pocos socios y
tiene importancia la persona del socio, se suele limitar la de socios. La junta general adopta gran
importancia, es la voluntad social (órgano soberano).
Ejemplo: sociedades familiares,
PYMES
q
Sociedad abierta: suele haber un elevado
número de socios, que pueden transmitir libremente sus acciones. Se refuerza el
poder de los administradores, de forma que hay una
y el control de la sociedad.
Ejemplo: sociedades cotizadas
(sometidas a la ley de mercado de valores); sociedades abiertas no cotizadas.
Existen sociedades intermedias, que son sociedades con un
elevado número de socios, interesados en la gestión.
OTRA CLASIFICACION
a)
Sociedades unipersonales: un único socio.
b)
Sociedades abiertas o cerradas no cotizadas: S.A.
c)
Sociedad cotizada
d)
Sociedad anónima europea con domicilio en España.
Para la S.R.L (sociedad de responsabilidad limitada),
también puede hablarse de la plurifuncionalidad, pero nuestra S.A., esta
pensada para la gran empresa que cotizan en bolsa, la S.L esta pensada para un
número reducido de socios que controlan la gestión de la sociedad.
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